Ética de la publicación

La revista Anales de Teología desarrolla sus actividades conforme a los principios de integridad, rigor académico, responsabilidad, imparcialidad, transparencia e independencia editorial. La presente política establece las responsabilidades éticas de quienes participan en sus procesos y los procedimientos para prevenir y abordar malas prácticas de publicación.

La revista toma como marco de referencia los Core Principles del Committee on Publication Ethics (COPE) y las guías que esta organización publica para revistas y equipos editoriales, en particular sus directrices sobre retractaciones y expresiones de preocupación. Los textos completos de estos documentos se enlazan al final de esta política. Esta política se aplica a las personas autoras y evaluadoras, al Equipo Editorial, al Comité Editorial, a quienes ejerzan funciones editoriales invitadas y a cualquier otra persona que intervenga en la recepción, evaluación, decisión o publicación de los contenidos de la revista.

Todos los textos publicados están sujetos a supervisión editorial. Los artículos de investigación y las traducciones son sometidos, además, a evaluación externa conforme a la política de Proceso editorial y revisión por pares.

Órganos editoriales

El Equipo Editorial está integrado por el Editor jefe y los Editores asociados que figuran en la página Equipo Editorial. El Editor jefe adopta las decisiones sobre los manuscritos, y los Editores asociados colaboran en la gestión editorial y lo sustituyen en los casos previstos en esta política.

El Comité Editorial, integrado mayoritariamente por especialistas de otras instituciones, cumple funciones de consejo académico. Sus integrantes no evalúan manuscritos ni participan ordinariamente en las decisiones sobre ellos. Excepcionalmente, uno de sus integrantes podrá ser designado para gestionar un manuscrito o examinar un caso ético en las situaciones previstas en esta política. El ejercicio de estas funciones editoriales no lo convierte en evaluador del manuscrito ni sustituye, cuando corresponda, la evaluación externa por pares.

Independencia editorial

Las decisiones sobre los manuscritos corresponden al Editor jefe o a quien lo sustituya cuando concurra un conflicto de interés. Se adoptan considerando la adecuación del manuscrito al enfoque y alcance de la revista, su calidad y relevancia académica, los informes de evaluación y el cumplimiento de las políticas editoriales.

La independencia editorial no supone la ausencia de un perfil académico definido. La adecuación al enfoque y alcance de la revista constituye un criterio legítimo de selección; ese criterio delimita los problemas y tradiciones que interesan a la revista, no las tesis que un manuscrito debe sostener. Ninguna autoridad institucional, fuente de financiamiento, interés comercial o persona ajena al procedimiento editorial podrá determinar la aceptación o el rechazo de un manuscrito ni exigir que este sostenga conclusiones previamente establecidas.

Los informes de las personas evaluadoras constituyen recomendaciones fundamentadas y no decisiones vinculantes. El Editor jefe puede diferir de ellas cuando existan razones académicas o éticas suficientes. En tal caso, las razones quedarán registradas en el expediente editorial y serán comunicadas a las personas autoras.

Responsabilidades éticas

Las personas autoras son responsables de la autenticidad y exactitud de los trabajos presentados, del cumplimiento de las normas éticas y legales aplicables y de la veracidad de las declaraciones proporcionadas a la revista. Las exigencias sobre originalidad, plagio, publicación redundante, autoría, uso de materiales protegidos y autorizaciones de traducción se establecen en la política de Integridad, originalidad y autoría. Las personas autoras deberán colaborar con las solicitudes de información, aclaración o corrección formuladas durante el proceso editorial o después de la publicación.

Las personas evaluadoras deberán aceptar únicamente los encargos para los cuales posean competencia suficiente. Deberán actuar con imparcialidad, formular observaciones fundamentadas y respetuosas, declarar cualquier conflicto de interés y mantener la confidencialidad de los materiales recibidos.

El Equipo Editorial deberá aplicar las políticas de manera coherente, seleccionar personas evaluadoras competentes, proteger la confidencialidad del proceso, documentar las decisiones relevantes y actuar ante posibles infracciones éticas. La revista promoverá la actualización periódica de sus integrantes en materia de ética de publicación tomando como referencia las orientaciones de COPE y pondrá a disposición de las personas evaluadoras instrucciones escritas sobre sus responsabilidades.

Todas las personas que intervienen en el proceso deberán mantener un trato profesional y respetuoso. La revista no admitirá conductas de hostigamiento, intimidación, represalia, descalificación personal o presión impropia.

Imparcialidad, no discriminación y uso del lenguaje

Los manuscritos se evalúan atendiendo a su contenido, mérito académico y adecuación al enfoque y alcance de la revista. Las decisiones editoriales no podrán fundarse en la nacionalidad, origen étnico, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad, discapacidad, religión, posición política o afiliación institucional de las personas autoras.

Con el fin de resguardar la diversidad institucional de la autoría, y en conformidad con el Reglamento de Revistas Académicas de la Universidad Católica de la Santísima Concepción, la revista resguarda que los artículos con afiliación a la UCSC no superen el 10 % de los trabajos publicados en un período móvil de doce meses. Esta medida puede incidir en la programación de la publicación de dichos trabajos, pero no en la evaluación de su mérito académico, que se rige por los mismos criterios aplicables a cualquier otro envío.

La discrepancia teórica, teológica, política o religiosa no constituye por sí misma una causa de rechazo ni un conflicto de interés. El examen crítico y fundamentado de conceptos, doctrinas, textos o prácticas controvertidos tampoco constituye por sí mismo una expresión discriminatoria.

Las contribuciones deberán emplear un lenguaje académico claro, preciso y respetuoso, libre de expresiones discriminatorias, descalificaciones personales y estereotipos injustificados. La revista no impone una fórmula específica de lenguaje inclusivo y admite las estrategias compatibles con la norma gramatical del idioma del manuscrito, como los sustantivos genéricos o colectivos, los desdoblamientos y las construcciones impersonales. Las formas morfológicas no normativas solo se emplearán cuando sean objeto de análisis o formen parte de una cita textual.

Conflictos de interés

Existe un conflicto de interés cuando una relación o interés personal, familiar, académico, intelectual, profesional, institucional o financiero puede afectar, o razonablemente parecer que afecta, la imparcialidad de una persona en el proceso editorial. También lo constituye la pertenencia a una organización que tenga un interés directo en las conclusiones del manuscrito.

Pueden constituir conflictos, entre otras circunstancias, la pertenencia a la misma institución, equipo o proyecto; una relación de coautoría, colaboración o dirección académica en los últimos tres años; una relación jerárquica o personal estrecha; una disputa profesional; un interés económico relacionado con el manuscrito; la participación previa en su elaboración; o la posibilidad de obtener un beneficio o perjuicio directo de su publicación.

El hecho de investigar sobre el mismo tema, pertenecer a la misma corriente teológica, sostener una posición diferente, ser citado en el manuscrito o haber publicado trabajos relevantes para su desarrollo no constituye por sí solo un conflicto. No obstante, si el manuscrito examina directamente la obra de una posible persona evaluadora y ello puede comprometer su imparcialidad, esta circunstancia deberá ser comunicada al Editor jefe.

Todas las personas autoras deberán declarar sus conflictos de interés, incluso cuando deban indicar que no existen. Las personas evaluadoras, editoras y demás integrantes que intervengan en un manuscrito deberán comunicar cualquier posible conflicto antes de aceptar la función o tan pronto como lo adviertan.

Según la naturaleza del conflicto, el Editor jefe podrá disponer la abstención o sustitución de la persona afectada, la reasignación del manuscrito o cualquier otra medida necesaria para preservar la imparcialidad. Cuando el conflicto afecte al Editor jefe, la gestión y la decisión corresponderán a un Editor asociado sin conflicto de interés o, si el conflicto alcanza también a los Editores asociados, a un integrante del Comité Editorial externo a la UCSC y sin conflicto de interés, designado específicamente para ese manuscrito.

Envíos de integrantes de la revista

Las personas que integran el Equipo Editorial o el Comité Editorial pueden presentar contribuciones a la revista, pero no recibirán trato preferente ni podrán intervenir en su tramitación.

Cuando el Editor jefe o un Editor asociado sea autor o coautor de un manuscrito, este será gestionado por un integrante del Comité Editorial externo a la UCSC y sin conflicto de interés, designado específicamente para ese caso. Esta persona actuará como editor ad hoc: realizará la evaluación editorial preliminar, seleccionará a las personas evaluadoras externas y adoptará la decisión editorial. No actuará como evaluador del manuscrito y el trabajo será sometido al mismo procedimiento de evaluación externa aplicable a cualquier otro envío de su categoría.

Las personas autoras vinculadas a la revista quedarán excluidas del acceso al manuscrito en la plataforma, de los informes, de las deliberaciones y de la decisión. Los manuscritos presentados por integrantes del Comité Editorial seguirán el procedimiento ordinario, con la misma exclusión de la persona autora de toda intervención en su tramitación.

Si el manuscrito es publicado, el artículo incluirá una nota que informe la vinculación de la persona autora con la revista y la identidad de quien gestionó el proceso editorial. Estas mismas reglas se aplican a las personas editoras invitadas y a los números monográficos. Ninguna persona podrá gestionar un manuscrito propio o respecto del cual tenga un conflicto de interés.

Supervisión ética de la investigación

El análisis teológico ordinario de obras, documentos, traducciones o corpus textuales no requiere por sí mismo aprobación de un comité de ética. Sin embargo, cuando una investigación involucre personas o comunidades, entrevistas, encuestas, testimonios no públicos, datos personales o sensibles, grupos en situación de vulnerabilidad u otras materias sometidas a supervisión ética, deberá cumplir las normas institucionales y legales aplicables.

Cuando corresponda, las personas autoras deberán haber obtenido previamente la aprobación de un comité de ética competente y debidamente acreditado o reconocido. Al efectuar el envío deberán adjuntar la resolución e identificar el comité, la fecha y el código o número de aprobación. También deberán declarar, cuando sea pertinente, la obtención del consentimiento informado y las medidas adoptadas para proteger la identidad, privacidad y confidencialidad de las personas participantes.

Si la investigación se encuentra exenta de aprobación ética, la exención deberá acreditarse mediante la constancia del comité competente cuando la normativa institucional así lo prevea. En los demás casos, las personas autoras explicarán el fundamento de la exención y el Editor jefe podrá solicitar la opinión de un comité o especialista independiente. Esta consulta no sustituye la aprobación previa que correspondía obtener ni permite conceder una autorización ética retroactiva.

Confidencialidad, datos personales e integridad del proceso

Los manuscritos, archivos complementarios, informes y comunicaciones editoriales son confidenciales y solo podrán ser consultados por quienes deban intervenir directamente en su gestión, evaluación o decisión. Los datos personales de las personas autoras y evaluadoras se tratan conforme a la política de Privacidad y uso de la información y a la legislación chilena vigente sobre protección de datos personales, y se emplean exclusivamente para la gestión editorial y las demás finalidades legítimamente informadas por la revista.

Las personas editoras y evaluadoras no podrán compartir, utilizar ni aprovechar para fines propios el contenido no publicado de un manuscrito, ni introducir o cargar, total o parcialmente, los manuscritos o materiales asociados en sistemas de inteligencia artificial generativa. Las demás condiciones aplicables a estas herramientas se establecen en la política de Uso y límites de la inteligencia artificial.

El Equipo Editorial y las personas evaluadoras no solicitarán la incorporación de referencias irrelevantes a la revista, a sus propias publicaciones o a las de terceros. Toda recomendación bibliográfica deberá estar académicamente justificada. Tampoco se permitirán la manipulación de la evaluación, la suplantación de identidad, los acuerdos de citación o cualquier práctica destinada a alterar ilegítimamente el proceso editorial o los indicadores bibliométricos.

Actuación ante posibles infracciones éticas

La revista examinará las denuncias o sospechas de infracciones éticas surgidas antes, durante o después de la publicación, tomando como referencia las guías y diagramas de flujo de COPE aplicables a cada caso. Las comunicaciones pueden dirigirse a analesteologia@ucsc.cl y se acusará recibo dentro de cinco días hábiles. Las comunicaciones anónimas podrán ser consideradas cuando aporten información suficientemente específica y verificable.

El examen estará a cargo del Editor jefe junto con un integrante del Comité Editorial que no tenga conflicto de interés con el caso. Cuando la denuncia involucre al Editor jefe o a un Editor asociado, el examen corresponderá a dos integrantes del Comité Editorial externos a la UCSC y sin conflicto de interés. Cuando involucre a un integrante del Comité Editorial, este quedará completamente excluido de su examen. Si la naturaleza del caso impide constituir una instancia interna suficientemente independiente, la revista podrá solicitar la participación de especialistas externos sin conflicto de interés.

Las personas afectadas serán informadas de los hechos relevantes y dispondrán de quince días hábiles para presentar su explicación y los antecedentes correspondientes antes de que se adopte una decisión. La información comunicada deberá ser suficiente para permitirles responder fundadamente a las cuestiones planteadas.

La identidad de quien formule una denuncia se mantendrá reservada durante el procedimiento, salvo consentimiento expreso de esa persona u obligación legal. La revista no adoptará medidas adversas contra quien comunique de buena fe una posible infracción.

La presentación de una denuncia no supone que la infracción haya sido acreditada. Las decisiones deberán fundarse en la evidencia disponible y distinguir entre el error de buena fe, la negligencia y la conducta deliberadamente impropia. La revista procurará concluir el examen dentro de sesenta días hábiles e informará a las personas involucradas cuando la complejidad del caso exija un plazo mayor.

Según la naturaleza del caso, la revista podrá solicitar antecedentes adicionales, suspender el proceso editorial o consultar especialistas, comités de ética u otras instancias competentes. Cuando existan antecedentes suficientes y la naturaleza o gravedad de los hechos lo justifique, podrá comunicar la situación a la institución de afiliación u otra entidad competente para que realice las investigaciones que correspondan a sus atribuciones.

Antes de la publicación, la revista podrá disponer la continuación del proceso, solicitar aclaraciones o modificaciones, suspender temporalmente la decisión o rechazar el manuscrito. Si el contenido ya fue publicado, se aplicará la política de Quejas, apelaciones, correcciones y retractaciones.

No se aplicarán sanciones automáticas. Cualquier restricción editorial, como la suspensión temporal de la recepción de nuevos envíos de una persona autora, deberá ser proporcional a la naturaleza y gravedad de los hechos, encontrarse debidamente fundamentada y ser susceptible de apelación.

Quejas, apelaciones y actualización

Las objeciones relativas al procedimiento editorial, a una decisión, a la gestión de un conflicto de interés o a una posible infracción se tramitarán conforme a la política de Quejas, apelaciones, correcciones y retractaciones y serán examinadas por una persona que no haya intervenido en la decisión cuestionada.

La revista mantendrá registros internos de las decisiones éticas relevantes y revisará periódicamente esta política, así como cuando cambien las orientaciones de COPE, la normativa aplicable o los procedimientos efectivamente empleados por la revista, con el objeto de que la información publicada corresponda a su práctica editorial.

Documentos de referencia