Criterios para limitar la obligación de pago de renta por el término anticipado del contrato de arrendamiento. Análisis del artículo 1945 del código civil chileno
DOI:
https://doi.org/10.21703/issn0717-0599/2018.n34-08Palabras clave:
arrendamiento, término anticipado, indemnizaciónResumen
El artículo 1945 del Código Civil chileno impone al arrendatario, responsable del término anticipado, la obligación de pagar la renta hasta la fecha que el contrato hubiere podido cesar. Debido a que, en determinados casos el monto a pagar por el arrendatario puede resultar excesivo, se proponen los criterios adecuados para su limitación o reducción. Para tal efecto, es necesario determinar, en forma previa, la naturaleza de esta obligación de pago de renta (cumplimiento o indemnización).
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