Proceso de revisión
- Descripción general
La Revista de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción utiliza un sistema de evaluación por pares externos, doble ciego. Todos los manuscritos se someten a una comprobación editorial preliminar de pertinencia, originalidad, requisitos formales e integridad científica.
La revista procura comunicar esta evaluación inicial en un plazo de una a dos semanas. Los manuscritos admisibles son enviados a un mínimo de dos especialistas externos independientes.
El proceso de revisión suele requerir entre cuatro y seis semanas desde la asignación de evaluadores. Estos plazos son orientativos y pueden variar según la disponibilidad de los especialistas y la complejidad del manuscrito.
La decisión editorial fundamentada corresponde al Editor en Jefe, quien considera los informes de arbitraje y el mérito científico del trabajo.
- Procedimiento editorial
El procedimiento comprende siete etapas sucesivas, con registros documentales conservados en el sistema de gestión editorial.
- a) Etapa 1. Evaluación preliminar
Los autores presentan sus manuscritos mediante la plataforma OJS de la revista. El correo electrónico revistadederecho@ucsc.cl se utiliza para consultas y comunicaciones excepcionales, que deben incorporarse al expediente editorial.
El Editor en Jefe, con apoyo del Equipo Editorial, comprueba los siguientes aspectos:
- Pertinencia temática y adecuación a la línea editorial.
- Originalidad y contribución científica.
- Adecuación metodológica a la investigación jurídica.
- Calidad, actualidad y pertinencia de las fuentes y referencias bibliográficas.
- Integridad de los metadatos, afiliaciones institucionales e identificadores ORCID.
- Presentación de la declaración de originalidad y demás documentos exigidos.
- Calidad lingüística, ortográfica y formal.
- Existencia de posibles indicios de plagio u otras infracciones éticas.
Las referencias bibliográficas deberán incluir sus identificadores DOI cuando estos existan.
La falta de requisitos formales subsanables podrá dar lugar a una solicitud de corrección. Los indicios de infracción ética serán examinados mediante un procedimiento documentado, que garantice a las personas involucradas la oportunidad de presentar sus explicaciones.
Un resultado automático de similitud textual no constituye, por sí solo, prueba de plagio o mala conducta científica.
La evaluación preliminar podrá concluir con la admisión del manuscrito a arbitraje, una solicitud de ajustes o un rechazo editorial motivado.
La plataforma OJS asignará un identificador único que permitirá a los autores realizar el seguimiento del expediente.
- b) Etapa 2. Evaluación por pares
El Editor en Jefe designará al menos dos evaluadores externos al Equipo Editorial, independientes y sin conflictos de interés.
Se procurará que los evaluadores posean, como mínimo, grado académico de magíster, trayectoria investigadora y publicaciones recientes relacionadas con la materia del manuscrito.
Los evaluadores no podrán pertenecer a la misma institución de los autores.
La revisión se realizará mediante el sistema doble ciego, por lo que las identidades de autores y evaluadores permanecerán reservadas durante el procedimiento.
Los árbitros recibirán un manuscrito anonimizado y deberán declarar su compromiso de confidencialidad y la ausencia de conflictos de interés.
La evaluación comprenderá, entre otros, los siguientes criterios:
- Originalidad y relevancia científica.
- Pertinencia y precisión del título.
- Calidad del resumen y de las palabras clave.
- Claridad del problema de investigación y de los objetivos.
- Adecuación del método de investigación jurídica.
- Solidez de la argumentación y coherencia del desarrollo.
- Calidad de los resultados y de la discusión.
- Correspondencia entre objetivos, desarrollo y conclusiones.
- Actualidad y pertinencia de las fuentes utilizadas.
- Contribución del artículo al conocimiento jurídico.
Los evaluadores emitirán una de las siguientes recomendaciones:
Publicable sin cambios: el manuscrito cumple con los requisitos científicos y editoriales y puede aceptarse en su versión evaluada.
Publicable con cambios menores: el manuscrito requiere ajustes puntuales que no alteran sustancialmente su estructura, metodología o argumentación.
Reconsiderable después de cambios mayores: el manuscrito requiere modificaciones sustanciales y una nueva evaluación antes de adoptar una decisión definitiva.
No publicable: el manuscrito presenta deficiencias que impiden recomendar su publicación.
Los informes deberán ser objetivos, fundamentados y respetuosos.
Cuando existan discrepancias sustantivas entre los dictámenes, el Editor en Jefe podrá solicitar una tercera evaluación.
Los árbitros deberán observar las recomendaciones éticas del Comité de Ética en Publicaciones (COPE) y abstenerse de utilizar información inédita obtenida durante el arbitraje para beneficio propio o de terceros.
- c) Etapa 3. Decisión editorial
Una vez recibidos al menos dos informes de evaluación, el Editor en Jefe procurará comunicar la decisión editorial en un plazo orientativo máximo de dos semanas.
La decisión podrá consistir en:
- Aceptación del manuscrito.
- Solicitud de cambios menores.
- Solicitud de cambios mayores y nueva evaluación.
- Rechazo del manuscrito.
La decisión que se aparte sustancialmente de las recomendaciones de los evaluadores deberá encontrarse debidamente fundamentada y registrada en el expediente editorial.
Cuando el Editor en Jefe presente un conflicto de interés, deberá abstenerse de intervenir en la evaluación y decisión del manuscrito. En ese caso, la responsabilidad será asumida por un editor independiente designado conforme a las reglas de la revista.
Los autores recibirán una comunicación que incluirá la decisión editorial, los comentarios anonimizados de los evaluadores y, cuando corresponda, el plazo para presentar una versión revisada.
Todas las decisiones y sus fundamentos quedarán registrados en OJS.
- d) Etapa 4. Revisión de los autores
Cuando se soliciten modificaciones, los autores deberán presentar una nueva versión del manuscrito acompañada de una respuesta razonada, punto por punto, a las observaciones de los evaluadores.
Se establecen los siguientes plazos orientativos:
- Cambios menores: una semana.
- Cambios mayores: dos semanas.
Podrán concederse prórrogas justificadas, previa solicitud de los autores.
Cuando los autores discrepen de alguna observación, deberán explicar por escrito las razones académicas o metodológicas que fundamentan su posición.
Las correcciones menores podrán ser verificadas directamente por el Equipo Editorial.
Las modificaciones mayores requerirán una nueva evaluación por árbitros o especialistas independientes cuando corresponda.
La aceptación definitiva solo será comunicada una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos científicos, formales y éticos de la revista.
- e) Etapa 5. Corrección, producción y publicación
Una vez aceptado definitivamente, el manuscrito ingresará a la etapa de corrección de estilo, maquetación y revisión de pruebas.
Como referencia operativa, se contemplan los siguientes plazos:
- Hasta veinte días hábiles para la producción editorial y maquetación.
- Tres días hábiles para que los autores respondan consultas relacionadas con las pruebas.
- Tres días hábiles para incorporar los ajustes necesarios.
- Tres días hábiles para publicar la versión final, una vez concluido el proceso de producción.
Estos plazos podrán ajustarse según las necesidades técnicas y editoriales.
Las consultas a los autores serán canalizadas por el Coordinador de Publicación.
Los cambios sustantivos posteriores a la aceptación requerirán autorización editorial.
Antes de la publicación se comprobarán los metadatos, la licencia de publicación, los identificadores ORCID, las referencias bibliográficas y la asignación del DOI.
Se incorporará la paginación o el identificador de artículo que corresponda al modelo de publicación continua adoptado por la revista.
El Equipo Editorial comunicará a los autores la disponibilidad de las pruebas y la publicación definitiva del artículo.
- f) Etapa 6. Correcciones, expresiones de preocupación y retractaciones
Cualquier persona podrá comunicar errores o sospechas fundadas de malas prácticas mediante el correo institucional revistadederecho@ucsc.cl.
La revista procurará iniciar la revisión del reporte dentro de una semana desde su recepción.
El procedimiento será documentado y contemplará la solicitud de antecedentes y explicaciones a las personas involucradas.
Las medidas editoriales dependerán de la naturaleza y gravedad del problema identificado.
Correcciones: cuando se detecten errores que no invaliden los resultados o las conclusiones principales, la revista publicará una corrección identificable y vinculada al artículo original. Los errores menores podrán corregirse en la versión electrónica, dejando constancia cuando corresponda.
Expresiones de preocupación: cuando existan dudas graves sobre la integridad o fiabilidad de un artículo y la investigación no haya concluido, podrá publicarse una expresión de preocupación que informe de manera transparente sobre la situación.
Retractaciones: procederán cuando se acrediten circunstancias que comprometan sustancialmente la fiabilidad o integridad de la publicación, de conformidad con las recomendaciones de COPE.
La nota de retractación será pública, estará debidamente fundamentada y se vinculará al artículo afectado. El registro académico se conservará con una identificación clara de su estado editorial.
La retractación no se utilizará como mecanismo para corregir errores ordinarios que puedan subsanarse mediante una corrección.
Los plazos de resolución dependerán de la complejidad del caso y de las diligencias necesarias.
- g) Etapa 7. Integridad científica y participación de los lectores
El Equipo Editorial adoptará medidas razonables para prevenir el plagio, la publicación duplicada indebida, la fabricación o falsificación de datos, la manipulación de citas y otras malas prácticas de investigación y publicación científica.
Los lectores, revisores y autores podrán presentar observaciones fundamentadas mediante el correo institucional de la revista.
Cuando se inicie una investigación, las personas afectadas dispondrán de diez días hábiles para formular observaciones y presentar antecedentes, salvo que se conceda una prórroga debidamente justificada.
El Editor en Jefe adoptará una decisión fundamentada, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar su revisión ante el Comité Editorial.
Los integrantes del Comité Editorial que presenten conflictos de interés deberán abstenerse de intervenir.
Durante todo el procedimiento se respetarán la confidencialidad, la presunción de buena fe, el derecho de respuesta y la proporcionalidad de las medidas.
La revista observará las recomendaciones pertinentes de COPE y los principios de la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación.
- Transparencia de los indicadores editoriales
La revista publicará anualmente sus tasas de rechazo, calculadas a partir de los registros del sistema OJS, identificando el período de referencia y el criterio utilizado para determinar el total de manuscritos recibidos y rechazados.
Los datos históricos correspondientes a 2017-2022 deberán verificarse documentalmente antes de su publicación o actualización.
La revista podrá mantener un listado público de evaluadores que hayan autorizado expresamente el reconocimiento de su colaboración, sin revelar la correspondencia entre revisores y manuscritos específicos.







