Notas para la admisión de la resolución extrajudicial por declaración unilateral y recepticia en el código civil chileno
DOI:
https://doi.org/10.21703/issn0717-0599/2018.n34-04Palabras clave:
incumplimiento contractual, resolución extrajudicial , resolución unilateral, derecho de desistimiento, extinción unilateral del contrato, cláusula de resolución automáticaResumen
La dispersa y precaria reglamentación de la resolución por incumplimiento, sumada a la pretendida hegemonía que nuestra doctrina y jurisprudencia atribuyen al ejercicio judicial de la resolución, no armoniza con las actuales condiciones del tráfico jurídico. Los costos, falencias y discusiones asociados a dicho modelo, provocan que, lejos de dar tranquilidad al acreedor, sólo obtenga un pesar de incertidumbres mientras espera el resultado del juicio. Otras tantas desgracias sobrevienen acreedor que, creyendo reforzar su crédito estipulando una cláusula de resolución automática, descubre que sólo conculcó su derecho de opción, empeorando la tutela de su derecho de crédito. Por ello, en este trabajo se postularán algunas ideas encaminadas a admitir, en nuestro Código Civil, el modelo de resolución por declaración unilateral y recepticia (o por cuenta y riesgo del acreedor).
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