Relación entre el presupuesto material objetivo de los concursos (la insolvencia) y la solicitud de concurso voluntario en la ley 20.720
DOI:
https://doi.org/10.21703/issn0717-0599/2019.n36-05Palabras clave:
insolvencia , procedimiento concursal voluntario, liquidación voluntaria, procedimiento concursal de reorganizaciónResumen
En el procedimiento de liquidación voluntaria y de reorganización judicial y/o extrajudicial, a diferencia de la liquidación forzosa (artículo 117 Ley 20.720 –en adelante LC–), no se exige, en forma explícita, la concurrencia de algún hecho revelador del estado de insolvencia del deudor, lo que no signifca su total ausencia como presupuesto de los mismos.
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